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miércoles, 11 de febrero de 1998

Exigen culminar construcción de Iglesia

La edificación de la Orden Libanesa Maronita fue suspendida por mandato de un Juez, y la comunidad católica cree que es un atropello 
EXIGEN CULMINAR CONSTRUCCIÓN DE IGLESIA 


Caracas.- Una serie de acciones judiciales emprenderán los representantes legales de la Asociación Católica Maronita en Venezuela, a fin de poder reanudar la construcción de la iglesia San Charbel, ubicada en el bulevar Francisco de Miranda, Quebrada Honda, cuya edificación fue paralizada, por órdenes del juez II Civil, Mercantil del Area Metropolitana de Caracas, Humberto Mendoza D'Paola, desde el pasado 18 de diciembre de 1997.

Mauricio Torbay, representante de la Orden Libanesa Maronita (fiel seguidora de la tradición monástica fundada por San Marón hace 15 siglos y ha sido durante 1.500 años la difusora de sus mensajes) aseguró que acudirán al Arzobispado a solicitar su intervención, pues consideran que 'es un atropello que no pueden aceptar. La decisión del juez va contra la religión que nosotros profesamos, que es la misma que profesa la mayoría de los venezolanos'.

Arquitecto turista

Iván Sánchez y Santiago Georges, asesores legales de la Orden Libanesa Maronita explicaron que todo se inició cuando Michael McCool, arquitecto norteamericano, con visa de turista, ofrece sus servicios profesionales gratuitamente para diseñar el templo.

Aclara que su aporte será una donación, pero advierte que si se llegan a usar otros planos diferentes a los concebidos por él debían darle una compensación.

El supuesto profesional nunca entregó los planos y en consecuencia la iglesia es edificada bajo otro diseño.

Sorpresivamente, el ciudadano norteamericano presentó una demanda multimillonaria ante el Tribunal II Civil, Mercantil y pide que le cancelen un millón 300 mil dólares por sus servicios.

El juez acordó un embargo ejecutivo sobre la iglesia 'y por principio jurídico las iglesias no pueden embargarse porque son bienes de dominio público', aclaró Georges.

Por su parte, Iván Sánchez aclaró que se decretó el embargo sin haber demostrado las condiciones necesarias para ejecutarlo. Por otra parte, el juez debió hacer la notificación ante la Procuraduría General de la República porque se trataba de un bien de servicio público. Asimismo, el acto debe considerarse nulo, pues el depositario judicial designado por el tribunal no se juramentó. Recordó que ya acudieron al Consejo de la Judicatura donde denunciaron al juez por error inexcusable.

Fuente: http://www.eluniversal.com/1998/02/11/ccs_art_11402AA
Hercilia Garnica
El Universal